Desde la defensa del conductor que embistió y mató a Dana Sánchez afirmaron que se trató de un accidente: “Mi defendido no tuvo ninguna imprudencia”

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El Juzgado Correccional y de Menores N.º 2 de Posadas, a cargo del juez César Jiménez, resolvió otorgar la suspensión de juicio a prueba (probation) a Estanislao Salvador Bareiro, imputado en la causa por homicidio culposo y lesiones graves culposas a raíz del accidente ocurrido el 11 de enero de 2024. En el siniestro vial perdió la vida la joven madre Dana Sánchez y resultó gravemente herida Rosalina Olivera.

El abogado defensor del implicado, Juan Pablo Fernández (MP-4888), explicó en diálogo con Misiones Online que “fue un lamentable accidente, en el que pierde la vida esta señorita, Dana y también resultó lesionada una señora. Pero como ocurre habitualmente en nuestras calles, hablamos de un accidente de tránsito”.

En ese sentido, el letrado remarcó que el hecho estuvo vinculado a deficiencias en la vía pública: “Fue un accidente causado por un badén, no fue el primero en esa zona. Ocurrió de noche, en una avenida que no estaba bien iluminada. Casualmente, dos días después del hecho volvieron a prender las luminarias y apareció un cartel señalizando el badén y un reductor de velocidad. Lamentablemente, siempre suele pasar lo mismo: tiene que ocurrir primero una tragedia para que recién se tomen medidas de señalización”.

Sobre este punto, Fernández sostuvo que “toda traza que modifique la vía debe estar señalizada: ya sea un badén, un lomo de burro o una intersección peligrosa. Debe haber un cartel de pared o un cartel en la calzada que advierta a los conductores”.

Respecto a los estudios técnicos, aclaró que “la pericia tiene que estar dada en base a comprobaciones científicas. Nosotros no llegamos a intervenir en el análisis de la pericia porque no se dio la oportunidad procesal para hacerlo”.

El abogado también se refirió al estado de su defendido tras el siniestro: “Bareiro estuvo varios meses con tratamiento psicológico porque no es fácil afrontar la pérdida de una vida. El hecho no fue sencillo para ninguna de las partes”.

La resolución del juez Jiménez tuvo en cuenta que se trató de la primera vez que el imputado estuvo involucrado en un hecho de estas características, sin antecedentes previos y sin agravantes vinculados al consumo de alcohol o a conductas imprudentes. “Mi defendido no estaba alcoholizado, no estaba corriendo una carrera, simplemente iba a una cena con amigos. No hubo una cuestión de imprudencia”, aclaró Fernández.

Con la probation, Bareiro deberá cumplir un año de tareas comunitarias y mantener buena conducta durante ese período. “Mientras cumpla con las prestaciones a la comunidad que determinó el juez y no incurra en nuevos hechos, una vez concluido este plazo la causa se resolverá”, detalló el abogado defensor.

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